El pasado 27 de noviembre de 2025, el Auditorio de Zaragoza “Princesa Leonor”, acogió el XXIV Congreso de Directivos CEDE, una de las citas anuales más relevantes para la alta dirección española. Bajo el lema “Europa: del diagnóstico a la acción, el encuentro reunió a más de 2.230 directivos, Marc Murtra, Presidente de Telefónica intervino en la mesa “El futuro de las telecomunicaciones en Europa”.
Murtra argumentó en dicho acto que, después de que Europa haya priorizado durante dos décadas la protección de los derechos del individuo, su diagnosis ahora sugiere un cambio para “priorizar la construcción de tecnología” que, a su parecer, es fuente de soberanía, libertad individual y productividad bit.ly/44FjzEO (Fuente: La Vanguardia 27-11-2025)
Unas palabras que no deben pasar desapercibidas por su gran relevancia política y social. Ante esta contundente afirmación debemos preguntarnos: ¿Puede la idea de “priorizar el desarrollo tecnológico” afectar a los derechos constitucionales? Veamos lo que dice la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico:
La Constitución Española (art. 10.1) sitúa la dignidad de la persona y los derechos fundamentales como fundamento del orden político.
Eso significa:
1. No se puede sacrificar un derecho fundamental “en nombre del desarrollo tecnológico”,
2. Ni puede una política pública colocar sistemáticamente la innovación tecnológica por encima de la protección de derechos.
Por tanto, un cambio de principios que afecta al ciudadano como el que sugiere el presidente de Telefónica tiene límites constitucionales estrictos.
Derechos que podrían verse afectados:
1. Derecho a la intimidad y protección de datos (art. 18 CE)
2. Libertad de expresión y acceso a la información (art. 20 CE)
3. Derecho a un uso no discriminatorio de la tecnología (principio de igualdad, art. 14 CE)
4. Derecho a la seguridad jurídica (art. 9.3 CE)
El modelo europeo (y español) parte de una premisa: los derechos son el límite, no una variable instrumental.
Tanto la Constitución española como el modelo jurídico de la Unión Europea comparten un principio básico: Los derechos fundamentales no son un medio para un fin; son un límite infranqueable del poder.
Los derechos fundamentales son la base del orden político y de la paz social y cualquier política pública debe respetar su “núcleo esencial”.
Unión Europea, (Carta de Derechos Fundamentales de la UE, art. 52): “Toda limitación debe ser proporcionada, necesaria y compatibles con la esencia del derecho”.
La filosofía que subyace al modelo europeo es garantista: el individuo es un fin en sí mismo, nunca un instrumento.
¿Por qué genera fricción con el modelo de derechos europeo? Porque en Europa los derechos:
1. No pueden supeditarse al desarrollo tecnológico,
2. No pueden ser “reordenados” en una jerarquía donde la tecnología pase primero,
3. No pueden reducirse a ser una consecuencia del poder tecnológico,
4. No pueden posponerse mientras se construye tecnología.
La idea del presidente de Telefónica implica que: La libertad del ciudadano depende de la capacidad tecnológica del Estado o de las empresas. Pero la filosofía europea establece lo contrario: la libertad del ciudadano existe independientemente de la capacidad tecnológica, y la tecnología debe adaptarse a la libertad, no al revés.
Europa rechaza explícitamente la tesis “desarrollo primero, derechos después”.
El Tribunal Constitucional español ha declarado en numerosas sentencias que:
• Los derechos no pueden sacrificarse por razones de desarrollo económico,
• Ni pueden suspenderse salvo en casos de excepción extremadamente tasados (art. 55 CE),
• Ni pueden depender de estrategias económicas.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vetado:
• Leyes de vigilancia masiva “en nombre de la seguridad”,
• Accesos indiscriminados a datos,
• Restricciones tecnológicas sin garantías,
• Modelos de negocio que vulneren privacidad o igualdad.
Los principales regímenes actuales en el mundo con “autoritarismo digital” son los siguientes:
China
- Es quizá el ejemplo paradigmático de “autoritarismo digital”. El gobierno combina censura de internet, cámaras de videovigilancia con reconocimiento facial, sistemas de identidad digital obligatoria, y “ciudades inteligentes” que recogen datos de ubicación, comportamiento, etc. Wikipedia+2NATIONAL ENDOWMENT FOR DEMOCRACY+2
- Las “tecnologías centradas en datos” (IA, big-data, reconocimiento facial, cámaras) se han convertido en parte estructural del aparato estatal de control. NATIONAL ENDOWMENT FOR DEMOCRACY+1
Rusia
- El régimen ruso ha desarrollado leyes y sistemas represivos en el ámbito digital: control de contenido “extremista”, censura, filtrado de Internet, penalización del acceso a contenidos críticos. Wikipedia+2Parlamento Europeo+2
- Además, ciudades (como la capital) implementan sistemas tipo “safe city” con cámaras, reconocimiento facial, recolección masiva de datos — lo que facilita vigilancia de manifestantes, opositores, periodistas. WIRED+2Wikipedia+2
Irán
- El gobierno iraní usa vigilancia masiva de internet y comunicaciones, censura, control de redes sociales, espionaje vía “apps” estatales. Wikipedia+1
- También emplea cámaras y reconocimiento facial en espacios públicos, con tecnologías que permiten rastrear disidencia, controlar protestas, y hasta reforzar normas sociales (por ejemplo, en regulación del código de vestimenta, moral, etc.). Wikipedia+2ECIJA+2
Venezuela
- Según análisis recientes, el gobierno venezolano ha desarrollado técnicas de “represión digital”: uso de vigilancia, censura, control del flujo de información, intimidaciones a opositores, manipulación de narrativa pública. revistaeldiluvio.com+1
- Las tecnologías digitales se han integrado al aparato de represión, con una combinación de control del entorno mediático, monitoreo, censura, y limitación de libertades políticas — un ejemplo de autoritarismo 2.0. revistaeldiluvio.com+1
ISRAEL
Evidencia de vigilancia digital en Israel / territorios bajo control israelí
• Ley de spyware y vigilancia estatal interior
- En noviembre de 2024 el parlamento israelí (Knesset) aprobó preliminarmente una controvertida ley de “spyware” que concede a la policía mayores facultades para instalar software espía en dispositivos de personas bajo investigación. La ley ha sido denunciada por organizaciones de derechos civiles por su potencial de socavar las libertades individuales. giga-hamburg.de
- Según informes, ese sistema de vigilancia ha sido usado para monitorizar ciudadanos incluso sin órdenes judiciales, y en algunos casos contra personas no sospechosas de delitos (activistas, ex empleados públicos, etc.). Wikipedia+2giga-hamburg.de+2
• Uso de vigilancia masiva, reconocimiento facial y control biométrico sobre población palestina
- Diversas organizaciones señalan que las autoridades israelíes aplican cámaras con reconocimiento facial, bases de datos biométricas y sistemas de vigilancia denominados, por ejemplo, Red Wolf, Wolf Pack o Blue Wolf para rastrear a personas palestinas en territorios ocupados (como Hebrón o la Jerusalén Oriental ocupada), controlar sus movimientos, y restringir su libertad de circulación. es.amnesty.org+2Global Voices en Español+2
- El resultado ha sido lo que describen como un sistema de “apartheid automatizado”: vigilancia constante, posibilidad de detención arbitraria, clasificación de personas por datos biométricos, y segregación de derechos en función de origen. es.amnesty.org+2IFEX+2
• Censura oficial y control de la información
- Existe una unidad militar de censura en Israel —el Israeli Military Censor— que tiene autoridad para suprimir información sensible que considera “comprometedora para la seguridad del Estado”. Esto incluye la revisión previa de artículos de prensa, lo que implica que muchos contenidos son censurados antes de su publicación. Wikipedia+1
- También hay denuncias de restricciones específicas a la libertad de expresión online de ciudadanos palestinos que residen en Israel, con leyes y prácticas que limitan su capacidad de usar redes sociales, expresar opiniones críticas o denunciar injusticias. adalah.org+2Global Freedom of Expression+2
• Uso militar de tecnologías digitales para operaciones de guerra y control poblacional
- En contextos de conflicto, según reportes recientes, las fuerzas armadas israelíes han utilizado herramientas digitales —AI, vigilancia de comunicaciones, sistemas de inteligencia basados en datos biométricos, geolocalización, etc.— con implicaciones graves para la protección de civiles, derechos de privacidad y dignidad humana. Human Rights Watch+2Global Voices en Español+2
- Informes de organizaciones internacionales advierten que la magnitud y el carácter indiscriminado de estas tecnologías, así como su uso contra población civil, elevan riesgos de violaciones de derechos humanos. IFEX+1
Principales tecnologías / tácticas usadas (y qué permiten hacer)
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Tecnología / táctica |
Qué permite / efecto en control social |
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Cámaras de videovigilancia + reconocimiento facial / IA |
Identificar, rastrear y monitorear individuos; disuadir protestas; vigilancia continua en espacios públicos. NATIONAL ENDOWMENT FOR DEMOCRACY+2Wikipedia+2 |
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Intercepción de comunicaciones (telefonía, Internet, metadatos, spyware) |
Espionaje masivo: llamadas, mensajes, datos; control de comunicaciones privadas; persecución de disidencia. Wikipedia+2Wikipedia+2 |
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Censura de internet + bloqueo / filtrado de contenidos |
Control del flujo de información; impedir acceso a medios independientes; silenciar opiniones críticas. Wikipedia+2Wikipedia+2 |
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Creación de “redes nacionales” de información / intranets nacionales |
Aislamiento informativo; control total del acceso a comunicaciones e información, sin fuente independiente. Wikipedia+1 |
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Sistemas de identidad digital obligatoria / bases de datos biométricas / big-data estatal |
Vincular todos los aspectos de la vida al Estado: movilidad, servicios, participación social. Facilita control social estructural. Wikipedia+1 |
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Uso de “ciudades inteligentes” + sistemas integrados (cámaras, licencias de conducir, datos de transporte, geolocalización, etc.) |
Vigilancia constante, previsión y represión de movimientos sociales, control de población urbana sin necesidad de presencia física masiva. WIRED+2NATIONAL ENDOWMENT FOR DEMOCRACY+2 |
Tendencias, consecuencias y riesgos globales
- El informe más reciente de Freedom House (2025) indica que la libertad en Internet ha disminuido globalmente por 15.º año consecutivo — muchas democracias también registran retrocesos; los gobiernos autoritarios intensifican vigilancia y censura. Freedom House+1
- Según análisis jurídicos recientes, estos sistemas de vigilancia y control digital —sin transparencia, con contratos opacos, sin supervisión democrática ni garantías de derechos humanos— representan una amenaza estructural: control del pensamiento, represión de disidencia, criminalización de la protesta y la libertad de expresión. ECIJA+1
- La “exportación” de tecnologías de vigilancia por parte de algunos países-proveedores a regímenes autoritarios incrementa el riesgo de que este tipo de autoritarismo digital se difunda globalmente. Wikipedia+1
- Las nuevas tecnologías (IA, big data, reconocimiento facial, “smart cities”, ciudades monitoreadas) permiten formas de control mucho más eficientes, menos visibles, y potencialmente permanentes — lo que cambia la naturaleza misma del autoritarismo: ya no depende sólo de represión física, sino de estructura tecnológica-distributiva. NATIONAL ENDOWMENT FOR DEMOCRACY+2revistaeldiluvio.com+2
Nuestro país es una
democracia plenamente amparada en la soberanía popular, en la supremacía
de la Constitución y en el Estado social y democrático de Derecho,
principios consagrados en el artículo 1.2 de la Constitución Española
y desarrollados por todo el Título Preliminar.
Además, España —como Estado miembro de la Unión Europea— está obligada a
respetar y promover los valores de la democracia, el Estado de Derecho y el
respeto a los derechos fundamentales, tal como establece el artículo
2 del Tratado de la Unión Europea (TUE), y a garantizar que cualquier
actuación pública sea coherente con dichos valores, conforme al artículo
4.3 TUE, que impone el deber de cooperación leal.
Como ya dije anteriormente, el presidente de Telefónica dirige una compañía cuyo primer accionista es el Estado Español. Por tanto, el Gobierno español, como representante del Estado y custodio del respeto a estos principios constitucionales y europeos, no puede avalar planteamientos que contradigan la esencia democrática y social sobre la que se sustenta nuestra convivencia.
Ante la situación generada por las declaraciones realizadas en Zaragoza el día 27 por el presidente de Telefónica, el Gobierno dispone únicamente de opciones que no entren en contradicción con los principios constitucionales y europeos que representa:
1. Abandonar inmediatamente el consejo de administración de Telefónica S.A. y retirar su participación accionarial.
Esta decisión evitaría que el Estado forme parte del órgano de gobierno de una empresa cuyo máximo dirigente sostiene planteamientos incompatibles con los valores del art. 1.1, 1.2 y 9.1 de la Constitución Española, o con los valores democráticos del art. 2 TUE. Sería, en consecuencia, la vía de no asumir corresponsabilidad alguna.
2. Exigir formalmente una rectificación institucional y la adecuación de la estrategia corporativa al marco constitucional y europeo.
El Gobierno, como accionista relevante y responsable ante la ciudadanía, no puede ponerse de perfil ante afirmaciones que comprometen el Estado social y democrático de Derecho. En coherencia con los arts. 103.1 CE (servicio al interés general) y 9.3 CE (sujeción de los poderes públicos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico), el Ejecutivo puede requerir a Telefónica que:
- clarifique su posición respecto al respeto de los derechos fundamentales,
- garantice que su actuación estratégica se ajusta a la Constitución y al Derecho de la Unión Europea,
- y adopte medidas internas que aseguren la plena compatibilidad de su actividad empresarial con los valores democráticos que España —como Estado miembro de la UE— está obligada a defender.
Esta vía permite al Gobierno mantener su posición accionarial sin comprometer su deber institucional de salvaguarda del marco constitucional y sin permitir que una empresa con participación pública proyecte mensajes contrarios a los principios esenciales de nuestra democracia.
Para terminar el post quiero manifestar que en una democracia constitucional como la española —y en el marco europeo al que pertenecemos— la tecnología nunca puede erigirse en un poder por encima de los derechos fundamentales. La innovación es un instrumento al servicio de la ciudadanía, no un principio que habilite su subordinación. Por eso, cuando un dirigente empresarial propone alterar esta jerarquía esencial, el Gobierno, como garante del orden constitucional y europeo, debe responder con claridad y firmeza. La defensa de la libertad, la dignidad y los derechos no es opcional: es el núcleo mismo de nuestra identidad democrática. Y ningún proyecto tecnológico, por ambicioso que sea, puede situarse por encima de aquello que nos define como sociedad libre.
Ya lo dijo Jacques Ellul, "La technique ou l’enjeu du siècle" (1954): “La técnica se hace totalitaria cuando exige la sumisión del hombre y de la sociedad a sus propias leyes.”

