Según el Ministerio
de Energía, Turismo y Agenda Digital, el servicio universal es un
conjunto de servicios básicos de comunicaciones electrónicas cuya prestación se
garantiza a todos los usuarios que lo soliciten, independientemente de su
localización geográfica, con una calidad especificada y a un precio asequible https://bit.ly/2DRKqP1
Estos servicios son:
- Suministro de la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas desde una ubicación fija con capacidad de banda ancha a 1 Mbps.
- Prestación del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija.
- Prestación del servicio de telefonía de pago con monedas o tarjetas a través de los terminales ubicados en la vía pública (cabinas telefónicas).
- Elaboración y entrega de la guía de números de abonado.
- Servicio de consulta telefónica sobre de números de abonado.
- Medidas específicas para usuarios con discapacidad.
El día 22 de marzo se
publicó por parte de la Comisión Nacional del Mercado y la
Competencia el coste neto del servicio universal de telecomunicaciones en el
año 2015 https://bit.ly/2DSm1ZJ En dicha resolución emitida por el regulador se recogen una
serie de datos de dicho año cuanto menos curiosos para ver cómo han ido
evolucionando la cuota mercado del operador dominante (Telefónica) y de su competencia. El coste neto fijado por dicha resolución
para dicho servicio asciende a 15.101.086 millones de euros.
Para incluir en el cálculo del CNSU (coste nacional del
servicio universal) el coste neto de una zona no rentable se tiene que cumplir
un doble requisito:
- Ser no rentable considerando todos los servicios prestados en la zona.
- Ser no rentable considerando los servicios incluidos en el ámbito del servicio universal.
El conjunto del territorio de aplicación del servicio
universal telefónico se divide en 460 zonas, a las que hay que sumar 50 zonas
más conocidas como zonas TRAC (Telefonía Rural por Acceso Celular),
cuya extensión coincide con las actuales provincias. Esto hace que el conjunto de
zonas donde se aplica el coste del servicio universal telefónico alcance las
510 zonas. Del total de 510 zonas
definidas 454 tienen rentabilidad positiva y 56 negativa, 50 de las cuales son
zonas TRAC. Por tanto, este requisito delimita a esas 56 zonas las que
potencialmente se pueden considerar en el cálculo del CNSU.
FUENTE:CNMC
Otra
cuestión importante y curiosa que se deriva de la prestación de dicho servicio
universal telefónico es el beneficio de marca que se le calcula a Telefónica
por la prestación de dichos servicios. El cálculo del mismo se deriva de la
siguiente fórmula:
Durante el mes de noviembre de 2015, por encargo de la
CNMC,
GFK
realizó una encuesta entre 1.500 clientes exclusivos de Telefónica que arrojó un resultado
de 2,6%
de clientes fieles por causa del servicio universal. La cifra de 2,6% fue el
porcentaje de los entrevistados que cumplen las condiciones iniciales (cliente
exclusivo de Telefónica que no esté en proceso baja/cambio), conocen todos los
componentes del servicio universal, conocen que Telefónica es el operador designado
y declaran que ese hecho ha influido en su decisión de ser cliente de Telefónica.
Durante el mes de noviembre de 2015, por encargo de la
CNMC,
GFK
realizó una encuesta entre 1.500 clientes exclusivos de Telefónica que arrojó un resultado
de 2,6%
de clientes fieles por causa del servicio universal. La cifra de 2,6% fue el
porcentaje de los entrevistados que cumplen las condiciones iniciales (cliente
exclusivo de Telefónica que no esté en proceso baja/cambio), conocen todos los
componentes del servicio universal, conocen que Telefónica es el operador designado
y declaran que ese hecho ha influido en su decisión de ser cliente de Telefónica.
En definitiva, el beneficio no monetario derivado de la imagen de marca en
el ejercicio 2015 se estima en 6.989.647 euros. Existen otras serie
de ventajas o beneficios derivados de la prestación de dicho servicio que le
son calculados al operador que presta dicho servicio y que posteriormente se le
descuentan del coste del servicio universal, como son: el coste de ubicuidad, valoración
de los clientes ateniéndose al ciclo de vida del mismo en cuanto a la contratación
de diferentes servicios o la publicidad en cabinas telefónicas. En resumen, la
estimación de los beneficios intangibles realizada por la CNMC para el año 2015 fue
la siguiente:
FUENTE: CNMC
La CNMC estima que la cifra total de
los gastos incurridos por Telefónica en la prestación de dicho
servicio CNSU en el año 2015 una vez deducidos los beneficios no monetarios
o intangibles, asciende a (cifras en euros redondeados a la unidad):
FUENTE: CNMC
Existen una serie de kpi´s que sufren un impacto económico
por la prestación de dicho servicio universal telefónico (CNSU), son los
siguientes;
FUENTE: CNMC
De la tabla anterior se infiere que el CNSU tiene un
efecto financiero en el operador en especial sobre el resultado y sobre la capacidad
de reponer el capital propio.
En la tabla siguiente se observa que la cuota de Telefónica
es elevada, aunque presenta una reducción entre los años 2011 (73,21%)
y 2015 (67,10%). A parte de esto también se observa una caída de un 43% en los
ingresos de la telefonía fija desde el año 2011 al 2015, en parte debido a una política
de empaquetamientos y a un periodo deflacionario en cuanto a la subida de
dichos servicios en el referido periodo. El resto de operadores han ido tomando
cuotas de mercado a la vez que Telefónica ha ido perdiendo peso en dicho nicho
de la telefonía fija.
La siguiente tabla muestra la evolución del porcentaje
de la cuota de mercado por ingresos de banda ancha. Telefónica ha
pasado de detentar un 55,2% en 2010 al 42,9% en 2015 con un descenso sostenido
de 2009 hasta 2013 y un ligero repunte en 2014 y 2015. La práctica totalidad de los accesos de banda
ancha se venden empaquetados con tarifas planas de voz fija, por lo que la
conclusión es idéntica a los apartados anteriores.
Otras estadísticas interesantes que aporta el
regulador (CNMC) en cuanto a cuotas y porcentajes de mercado del
incumbente (Telefónica) en este periodo de tiempo son los siguientes:
En conclusión según el
regulador (CNMC), el coste neto correspondiente al ejercicio 2015, teniendo en
cuenta su importe, su impacto financiero y la evolución de la situación
competitiva de Telefónica no está justificado que Telefónica deba
afrontar en solitario los costes que la prestación del servicio universal le ha
supuesto, por lo que se considera que el coste neto determinado en virtud del
procedimiento implica para la referida operadora una carga injustificada.
Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, determinar que el coste neto del
servicio universal incurrido por Telefónica de España, S.A.U. en el
ejercicio 2015 asciende a 15.101.086 euros.
El 2 de enero del 2017 se publicó por parte del Ministerio
de Industria, Turismo y Agenda Digital aprobó la designación de Telefónica
de España como el operador encargado de continuar prestando el servicio
universal de telecomunicaciones, tras publicarse tres Órdenes
Ministeriales a finales del pasado año. Esta empresa
ya venía prestando el servicio universal y continuará su prestación desde el 1
de enero de 2017 por un periodo de tres años en el caso de los servicios de
conexión, y de un año en el caso de las guías y las cabinas telefónicas. https://bit.ly/2ITsirs
Es obvio que el servicio
universal telefónico no es un gran negocio para la operadora que lo presta si
nos atenemos al importe y magnitud que representa en su facturación, pero sin
embargo, nos da una radiografía de cómo evoluciona el mercado en cuanto a
cuotas de mercado e ingresos de los diferentes operadores. Telefónica como
operador histórico viene prestando dicho servicio universal de forma
ininterrumpida desde que se abrió a la competencia dicho mercado de las
telecomunicaciones, sin embargo los datos que se van conociendo año tras año nos ponen
de manifiesto el retroceso paulatino de su cuota e ingresos en dicho mercado.
Ya lo dijo Aristóteles: “Somos lo que hacemos día a día.
De modo que la excelencia no es un acto sino un hábito”.
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