jueves, 19 de noviembre de 2020

TELEFÓNICA, EL BLINDAJE DEL GOBIERNO Y SUS... CONSECUENCIAS

 

En cierta ocasión, llegó a oídos del físico neozelandés Ernest Rutherford (1871-1937) que unos de los estudiantes de su laboratorio era un trabajador incansable.

Una tarde, el profesor se dirigió al alumno aplicado y le preguntó:

-¿También trabajas por las mañanas?

-Sí señor- respondió todo ilusionado.

-Pero entonces ¿cuándo piensas?- espetó el profesor

El miércoles 18 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre https://bit.ly/2IH1wHV, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. En el mismo se dice lo siguiente:

“En otro orden de cosas el impacto de la crisis global desencadenada por el COVID-19 hace necesario proteger los sectores estratégicos de nuestra economía. Esta situación motivó la modificación de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, añadiendo un nuevo artículo 7 bis de suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España. Puesto que la situación provocada por el COVID-19 se mantiene, a través de la disposición transitoria única se establece un régimen transitorio hasta el 30 de junio de 2021 por el que el régimen de suspensión de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas regulado en los apartados 2 y 5 del citado artículo 7 bis, se aplicará también a las inversiones extranjeras directas sobre empresas cotizadas en España, o sobre empresas no cotizadas si el valor de la inversión supera los 500 millones de euros, realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio. A estos efectos, se considerarán sociedades cotizadas en España aquéllas cuyas acciones estén, en todo o en parte, admitidas a negociación en un mercado secundario oficial español y tengan su domicilio social en España.

A efectos de este régimen transitorio, se entenderá por inversiones extranjeras directas aquellas inversiones como consecuencia de las cuales el inversor pase a ostentar una participación igual o superior al 10 por 100 del capital social de la sociedad española, o cuando como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio jurídico se adquiera el control de dicha sociedad en el sentido del artículo 7.2 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, tanto si se realizan por residentes de países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio diferentes a España, como si se realizan por residentes en España cuya titularidad real corresponda a residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio. Se entenderá que existe esa titularidad real cuando estos últimos posean o controlen en último término, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25% del capital o de los derechos de voto del inversor, o cuando por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, del inversor. Adicionalmente, a través de la disposición final cuarta se modifica el artículo 7 bis de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, para ajustar cuestiones procedimentales y clarificar las definiciones de sectores que se ven afectados por la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras directas en España”.

Las medidas adoptadas por el Gobierno español y publicadas en el BOE, elimina de facto, el régimen liberalizador que mandaba sobre la economía española desde el año 1999 y que el paso de los años ha conducido a algunas compañías a que hoy sean una sombra en la bolsa de lo que un día fueron. Con dicho Real Decreto se amplía la obligación de que cualquier inversor extranjero, sea de la Unión Europea o no, el mismo tendrá que pedir permiso para comprar más del 10% de una empresa estratégica que cotice en la Bolsa o, en cualquier caso, si la inversión es superior a 500 millones de euros hasta el próximo 30 de junio. El pasado 17 de marzo, en pleno confinamiento, el Gobierno español aprobó un blindaje para proteger a las empresas estratégicas españolas de inversores de fuera de la Unión Europea aprovechando el desplome de su valor en Bolsa. Dicho blindaje fijaba que cualquier oferente que quisiera comprar una participación de las mismas requería autorización si compraban más del mencionado porcentaje. A finales de ese mes, extendió esta restricción también a las adquisiciones realizadas por inversores residentes en países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio cuando dichos inversores estuvieran controlados por entidades residentes fuera de ese ámbito territorial. Se estableció el umbral en el 25%. Si bien la primera redacción de esta norma para blindar dichas compañías, establecía de forma genérica, que cualquier inversor de fuera de la Unión Europea que quisiese tomar el control o comprar más de un 10% de una sociedad española de carácter estratégico debía obtener un salvoconducto del Gobierno. Después se amplió este precepto ad aeternum (para la eternidad), como publicó CincoDías el pasado 2 de abril.

Este hecho o situación descrita anteriormente elimina cualquier atisbo de una posible OPA sobre la operadora por parte de un fondo de inversión, competidor u OTTs como son los GAFA (Google, Apple, Facebook o Amazon), es más, se puede afirmar sin ninguna duda, que es una intervención directa de facto de Telefónica por parte del Gobierno. Una consecuencia directa que se consolida también por otra vía, como es la participación, que tiene la SEPI en la entidad fusionada Bankia-La Caixa, el 16% de dicha entidad. Los consejos de ambas entidades aprobaran el 1 y 3 de diciembre la fusión https://bit.ly/2Kpe1Z2 , con lo que no es nada descartable como se ha publicado en la prensa que los consejeros dominicales en la operadora (Isidro Fainé y Jordi Gual) salgan del consejo y la SEPI nombre por lo menos un consejero https://bit.ly/3idEcgo  La operadora con 341.499.700 clientes y presencia en prácticamente toda Latinoamérica y en tres de los grandes mercados europeos, Alemania, Gran Bretaña y España es un “dulce” para multitud de interesados. Una de las consecuencias directas de dicha situación, es que cualquier operación corporativa que signifique la enajenación de patrimonio importante de activos de la operadora, debe tener la luz verde del Gobierno, esta situación en teoría vendría por parte de los accionistas  dominicales que están en el consejo de la operadora.

Una cuestión que llama la atención viendo la prensa es la noticia que se publico el mismo día que el Gobierno publicaba el Real Decreto con el que blindaba la operadora, la noticia tenía el siguiente titular, “Telefónica, dispuesta a bajar del 50% de Telxius y dar entrada a nuevos inversores” https://bit.ly/3lQ03NM En la misma se afirma lo siguiente, “Telefónica acelera en los proyectos de creación de valor en torno a sus infraestructuras de telecomunicaciones, en un momento de fuerte atención por parte de los mercados financieros. Entre las distintas opciones, la operadora contempla la opción de dar entrada a nuevos inversores en Telxius, de la que tiene algo más del 50% del capital. El resto se lo reparten, KKR con un 40% del capital y Pontegadea, el vehículo de inversión de Amancio Ortega, casi un 10%. Dentro de las alternativas, Telefónica también contempla vender parte de su participación en Telxius a los accionistas actuales, con los que primero entablaría los contactos. En cualquier caso, la operadora está abierta a distintas opciones potenciales para situarse por debajo del 50% del capital de Telxius, según señaló este miércoles el consejero delegado de la teleco, Ángel Vilá, en las tradicionales jornadas sobre el sector de telecomunicaciones, medios de comunicación y tecnología (TMT) en Europa que organiza Morgan Stanley, en las que el directivo estuvo acompañado por la directora financiera del grupo, Laura Abasolo”. 

Las dos noticias, la del blindaje y la de la venta de la participación de Telxius, ponen de manifiesto cuál es la sintonía actual entre el Gobierno y el actual equipo directivo… Ninguna. A las puertas de un programa de digitalización del país tan ambicioso, con una inversión de recursos europeos del fondo Next Generation EU en los próximos años, de 28.000 millones de euros, ¿puede el Gobierno actual tener para la digitalización de la sociedad española la sintonía que muestran ambas noticias con respecto al operador incumbente (Telefónica)? La respuesta a la pregunta quizás la obtengamos próximamente cuando arranque dicho programa de digitalización. Lo que sí parece evidente como dije ayer en el post que publiqué https://bit.ly/2UIi3gM , es que Telefónica tendrá un papel central en dicha digitalización como no puede ser de otra forma. Para ello es esencial él nexo y sintonía de ambos actores, uno es el interlocutor con la Unión Europea (el Gobierno) y otro es el operador dominante del mercado español de las telecomunicaciones.

Para terminar el post, decir que ahora más que nunca se necesita una sintonía entre los diferentes actores que tendrán que iniciar y culminar el programa de recuperación económica. La digitalización es la piedra angular de dicho programa, quizás como bien decía Rutherford… La sociedad este echando en falta una cierta falta de pensamiento, por algunos de los actores que tendrán que impulsar y desarrollar dicho programa. Esperemos que dicha situación se corrija por el bien de la ciudadanía.

Ya lo dijo Mark Twain: “Sinergia: la bonificación que se logra cuando las cosas funcionan juntas de manera armoniosa”.

 

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